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Categoría: INFORMACIÓN OFICIAL

 

La preocupación por el peso es muy frecuente entre las madres lactantes, pero en la mayoría de los casos todo está funcionando bien y el niño está ganando adecuadamente. Tenga en cuenta que:

  • La mayoría de las gráficas de peso y longitud de que disponemos actualmente están confeccionadas con niños que en su mayoría fueron alimentados con biberón y constituyen solo una ayuda orientativa ya que los bebés alimentados con leche artificial son más gorditos que los amamantados. La OMS ha confeccionado gráficas a partir de niños alimentados óptimamente al pecho que son más adecuadas para valorar el crecimiento de los lactantes. Están disponibles desde abril de 2006 en: http://www.who.int/childgrowth/en/
  • Las gráficas se realizan a partir de datos estadísticos (son un "modelo estadístico") por lo que la mitad de los niños normales están por debajo de la media. Es más importante la valoración clínica del niño: su aspecto, vivacidad, si moja 4-5 pañales diarios...
  • Es más importante la velocidad de crecimiento que el peso en un momento determinado. Ganancias aproximadas:

0-6 sem 20 gr/día
<4m 100-200 gr/sem
4-6m 80-150 gr/sem
6-12m 40-80 gr/sem

  • El crecimiento del niño debe controlarlo el pediatra en la consulta. No es una buena idea pesar al niño a menudo en la farmacia porque puede inducir a error. Pasado el primer mes no es necesario pesar al niño cada semana, salvo circunstancias especiales por indicación del pediatra.

Desde AEPED

  • USO E INTERPRETACIÓN DE LAS GRÁFICAS DE PESO

En el vídeo, el pediatra CARLOS GONZALEZ.

La Sociedad Canadiense de Ginecología y Obstetricia (SOGC) es una de las organizaciones especializadas más antiguas de la nación. Se estableció en 1944 y la misión de la sociedad era promocionar la excelencia en la práctica de los ginecólogos y obstetras y avance de la salud de la mujer mediante el liderazgo, apoyo, colaboración, difusión y educación. La Sociedad Canadiense de Ginecología y Obstetricia (SOGC) representa a los ginecólogos/obstetras, médicos de familia, enfermeras, matronas y profesionales sanitarios vinculados en el campo de la salud sexual y reproductiva. Para más información, visite www.sogc.org.

La Sociedad Canadiense de Ginecología y Obstetricia hizo un repaso a sus directrices de prácticas en partos vaginales de nalgas.

A partir de esta semana (June 2009) ya no recomiendan la cesárea programada en el caso de los bebés en posición de nalgas.

El anuncio de dicha sociedad médica está disponible en:

http://www.sogc. org/media/ advisories- 20090617a_ e.asp

Y las directrices siguientes están disponibles en:

http://www.sogc. org/media/ pdf/advisories/ CpgBreechJune09_ e.pdf

 

Hasta la fecha aquellos profesionales que trabajaban según los resultados que diesen el Estudio 2000 sobre Presentaciones de Nalgas a Término -que propició que tantas organizaciones de salud pasaran a recomendar la cesárea programada-, obtenían estadísticas que señalaban que un trabajo de parto con un bebé de nalgas erá más dañino que una cesárea programada sin trabajo de parto. Ahora se ha demostrado que dichas estadísticas resultan problemáticas. Por ejemplo, una buena parte de los problemas que tenían los bebés con el trabajo de parto eran resultado de problemas con el cordón. Puesto que los estudios no precisaban de ultrasonidos, estos problemas no eran detectados previamente, con lo que los médicos eran incapaces de identificar las mujeres cuyos partos vaginales de nalgas podrían implicar riesgos adicionales de aquellas para las que podría implicar MENOS riesgos que someterse a una cesárea. Las nuevas directrices de la Sociedad Canadiense de Ginecología y Obstetricia recomiendan exploraciones exhaustivos de ultrasonidos para descartar cualquier problema con el cordón antes de proceder con el trabajo de parto para identificar las mujeres que se beneficiarían de un parto vaginal de nalgas.  La Sociedad Canadiense de Ginecología y Obstetricia también reconoce ahora que aunque hay algunos problemas a corto plazo, los bebés no gozan de mejor salud a largo plazo (más allá de los dos años de edad) por haber nacido mediante cesárea. La combinación de falta de problemas a largo plazo, y la falta de una exploración cuidadosa en busca de problemas para cada caso individual de bebé de nalgas ha dado lugar a que la Sociedad Canadiense de Ginecología y Obstetricia rechace la cesárea como la opción automática.

La Sociedad Canadiense de Ginecología y Obstetricia también reconoce a propósito que un problema creado al aceptar estudios erróneos en el Estudio 2000 sobre Presentaciones de Nalgas a Término es que debido a dicha aceptación de cesárea programada, nadie ha seguido formando a los médicos para atender partos vaginales de nalgas. La sociedad médica tiene la intención de comenzar un programa de formación para actualizar la habilidad de atender un parto vaginal sano de nalgas.

 

Traducción realizada por Lucy Lo Cascio para la Asociación El Parto Es Nuestro y autorizada para ser colgada en este blog.

 

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Nacer es una de las experiencias más impactantes de la vida. 

Al abandonar el claustro materno, el bebé, registrará la experiencia de su recibimiento, convirtiéndose en su particular forma de percibir el mundo para siempre.
En los momento inmediatos al nacimiento, el bebe,necesita de forma vital reencontrarse con lo único que para el es conocido: el cuerpo de su madre.

Las exploraciones de rutina que se realizan inmediatamente después del nacimiento interrumpen el vinculo ya existente entre madre y su hij@, teniendo importantes consecuencias para su vida futura, las relaciones entre ambos y por ende, para el resto de las relaciones entre el bebé y el mundo.

 

  • Posibles consecuencias de la separación:

Para la madre, si es separada del bebé:

Depresión post parto.
Dificultades para dar de mamar.
Dificultad para re-establecer vínculo afectivo con su hijo.

Para el bebé:
En la mente del bebé que ha sido separado de su madre quedan registradas para siempre sensaciones de miedo, soledad, abandono, desamparo, resignación, agresividad, etc.

  • Como re-crear y/o reparar el vinculo cuando ha sido roto:

Amamántale.

Ofrécele contención: Llévale encima tantas horas como puedas.

Practica el colecho ( duerme con el/ella).

Dedícale tu mirada cada vez que puedas.

Tu voz es un bálsamo para el/ella. Regálasela siempre que te sea posible.

 

De nosotros depende en gran parte la forma de percibir la vida en el futuro.
Si recibimos y tratamos a los bebés con respeto y ternura, crearemos una sociedad de personas tiernas y respetuosas con ellos mismos, el resto de la sociedad y el entorno.

 

DECÁLOGO

1. El bebé tiene derecho al reconocimiento de su capacidad física y emocional, en su vida intrauterina y extrauterina y, especialmente, durante el tránsito entre ambas.

2. El bebé y su madre tienen derecho a intimidad y respeto antes, durante y después del parto.

3. El bebé tiene derecho a ser atendido personalmente por su madre, como mínimo, durante el primer año. La madre tiene derecho a disfrutar del contacto íntimo con su bebé cuando desee.

4. El bebé tiene derecho a disfrutar de lactancia materna a demanda, al menos, durante el primer año. A que durante su estancia en hospital se respeten los "10 pasos para una lactancia feliz" establecidos por UNICEF y
la OMS y recomendados por la Asociación Española de Pediatría.

5. El bebé y su madre tienen derecho a permanecer juntos en las horas y días siguientes al nacimiento. Ninguna exploración ni estancia hospitalaria justifica la separación de ambos.

6. El bebé prematuro tiene derecho a ser incubado con el Método Madre Canguro. Ninguna unidad de neonatología es más saludable para el bebé que la piel materna.

7. El bebé y su madre tienen derecho a que se respeten el momento, ritmo, ambiente y compañía en el parto-nacimiento y a que el mismo transcurra de forma fisiológica. Un bebé y madre sanos tienen derecho a no ser tratados como enfermos.

8. El bebé intraútero tiene derecho a que el bienestar emocional de su madre no sea alterado por un exceso y abuso de controles durante la gestación.

9. Los padres tienen obligación de buscar, y derecho de recibir  toda la información y bien asesorados,  tomar personalmente todas las decisiones relacionadas con el bienestar del bebé.

10. El bebé prematuro tiene derecho a permanecer pegado al cuerpo de su madre hasta que adquiera el peso y las condiciones optimas de salud. Ninguna unidad de neonatología es más saludable para el bebé que la piel materna.

 

  • Más info:

http://www.pangea.org/pdn/plataforma.html

http://kebuskas.blogspot.com/2009/06/sabias-que.html

http://www.quenooseparen.info

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DERECHOS DEL NIÑO HOSPITALIZADO

CÓMO NACEMOS NOS AFECTA TODA LA VIDA

Los niños prematuros prefieren el calor de sus madres al de las incubadoras



Estudios científicos en los que se compara la aplicación del método canguro frente a la práctica tradicional basada en incubadora.


Laura G. Carrascosa

Licenciada en Bioquímica.

Resumen:

El grupo de Sloan y colaboradores[1] de EEUU llevó a cabo un estudio clínico

controlado y aleatorio con seguimiento del efecto del método canguro (KM) durante 6

meses, respecto de un grupo de control que usaba el método tradicional en incubadora

(IM) con recién nacidos de bajo peso, por debajo de los 2000 gr, una vez fueron

estabilizados. Este estudio reveló unos índices menores de enfermedad grave

(desordenes respiratorios, apnea, aspiración, neumonía, septicemia e infecciones

generales) entre los recién nacidos (KM) (5%) que en el grupo de control (18%). El

tamaño de la muestra necesario para la realización del estudio ascendió a 350 individuos

por grupo, es decir, 700 recién nacidos, de los que, no obstante, únicamente se acabó

inscribiendo a un total de 603 recién nacidos. De hecho, el proceso de inscripción en el

estudio se interrumpió en cuanto la diferencia en las tasas de enfermedades graves se

volvió evidente.

Cattaneo y colaboradores[2], del Instituto para la infancia en Italia, llevaron a cabo otro

estudio clínico controlado y aleatorio en el que se realizaba seguimiento del efecto del

método canguro (KM) durante un año, respecto de un grupo de control que usaba el

método tradicional en incubadora (IM). Emplearon recién nacidos de bajo peso (entre

1000-1999gr). Ambos grupos presentaron la misma tasa de mortalidad y de enfermedad

severa grave, aunque los casos de hipotermia fueron menos frecuentes en el grupo KM.

En el grupo KM se observo una mayor tasa de lactancia materna exclusiva, mayor

ganancia de peso y alta médica más temprana que el grupo de control y además las

madres expresaron mayor satisfacción.

Sin embargo en bebés de bajo peso antes de ser estabilizados, el método canguro si

parece tener un importante efecto en la tasa de mortalidad. Así, otro estudio en el que se

intentó poner de manifiesto la eficacia del método canguro en 62 recién nacidos de bajo

peso (1000-2000 gr) antes de ser estabilizados, respecto a 61 bebés que recibieron

cuidado convencional en incubadora, puso de manifiesto una menor tasa de mortalidad

entre los bebés que recibieron cuidado tipo canguro (22.5%) frente a los de cuidado

convencional (38%) en las primeras 12h de vida[3]. Asimismo, una reciente revisión de

Cochrane[4] parece demostrar una menor tasa de morbilidad entre recién nacidos que

reciben cuidados tipo canguro, si bien, no hubo diferencias significativas en cuanto a

mortalidad, aunque reconocen que se requiere una mayor investigación. Los principales

beneficios encontrados fueron una menor tasa de infección nosocomial, menor tasa de

enfermedad severa, menor tasa de enfermedades del tracto respiratorio, mayor tasa de

lactancia materna exclusiva y satisfacción materna. Además los bebés bajo cuidado tipo

canguro ganaron peso más rápido.

Charpak y colaboradores[5] encontraron en un estudio realizado en Bogotá, con

seguimiento a los 3, 6, 9 y 12 meses, que la tasa de riesgo de mortalidad era menor en

bebés con cuidado tipo canguro, aunque la diferencia no era significativa respecto al

grupo de control. Si se encontraron diferencias en cuanto a crecimiento, mayor entre los

bebes de cuidado tipo canguro, si bien el desarrollo era similar en ambos grupos. En

bebés de peso < 1500g al nacer, aquellos recibieron cuidado canguro necesitaron menos

tiempo de estancia en hospital para su recuperación.

Un estudio en Canadá[6] con 70 niños, tuvo como objeto evaluar el efecto de sacar a un

bebé de la incubadora para recibir un cuidado tipo canguro. Se encontró que los bebés

presentaban una tasa inferior de variación en la saturación de oxigeno y mejores

parámetros fisiológicos, al tiempo que las madres referían una mayor satisfacción. Los

autores de dicho estudio indican que el método canguro es una práctica segura y

recomiendan su uso en el cuidado de recién nacidos.

La doctora estadounidense Ludington-Hoe y su grupo realizaron asimismo diversos

estudios:

- El primero para evaluar los beneficios del método canguro en la fatiga post-nacimiento

en prematuros de 34-36 semanas con apgar de 6 o más[7]. El método canguro se aplico

nada más nacer, en el propio paritorio durante 6 h. Los resultados mostraron una rápida

estabilización en temperatura corporal, saturación de oxígeno, frecuencia cardíaca y

respiratoria, así como una disminución del ruido respiratorio asociado a la fatiga, por lo

que fueron dados de alta en 48h, demostrando la idoneidad del entorno proporcionado

por el cuidado tipo canguro para el bienestar y desarrollo de dichos bebés. Los autores

hacen especial énfasis en el beneficio que supone aplicar el cuidado tipo canguro desde

el primer instante tras el nacimiento, en el propio paritorio.

- El segundo es un estudio clínico aleatorio controlado para evaluar los efectos del

método canguro en el sistema cardiorrespiratorio y la regulación de la temperatura

corporal en bebés prematuros sanos, comparado con el cuidado tradicional[8]. Los

bebés que recibieron cuidado tipo canguro mostraron valores cardiorrespiratorios y de

temperatura corporal, dentro de los límites normales. Además no se observó ningún

episodio de apnea, braquicardia o respiración periódica. La respiración se encontraba

más normalizada y regulada en los bebés que recibían cuidado tipo canguro, con

respecto a los que recibían atención tradicional en unidades de cuidados intensivos

estandart.

- Un tercer estudio[9] evaluó únicamente el benecifio del método canguro en la

regulación de la temperatura corporal con respecto a los bebés cuidados en incubadora,

midiendo en ambos grupos la temperatura de los pies y el abdomen. Se encontró que la

temperatura de los pies de los recién nacidos era superior en el cuidado tipo canguro y

en tan solo 5 min alcanzaban la temperatura óptima sobre el pecho materno.

En base a dichos estudios y a su experiencia aplicando el método canguro en unidades

de cuidados intensivos, recomiendan el uso de este método para el cuidado del recién

nacido[10].

Referencias

1. Sloan, N.L. and et al. (1994) Kangaroo mother method: randomised controlled trial of an

alternative method of care for stabilised low-birthweight infants. The Lancet. 344, 782-785.

2. Cattaneo, A. and et al. (1998) Kangaroo mother care for low birthweight infants: a randomised

controlled trial in different settings. Acta Paediatrica. 87, 976-985.

3. Worku, B. and A. Kassie. (2005) Kangaroo mother care: a randomized controlled trial on

effectiveness of early kangaroo mother care for the low birthweight infants in Addis Ababa,

Ethiopia. J Trop Pediatr. 51(2), 93-7.

4. Conde-Agudelo, A., J.L. Díaz-Rosello, and J.M. Belizan. (2002) Kangaroo mother care to

reduce morbidity and mortality in low birth weight infants. Cochrane Library. 2.

5. Charpak, N., J. Ruiz-Pelaez, C.Z. Figueroa de, and Y. Charpak. (2001) A randomized, controlled

trial of kangaroo mother care: results of follow-up at 1year of corrected age. Pediatrics. 108(5),

1072-9.

6. Legault, M. and C. Goulet. (1995) Comparison of kangaroo and traditional methods of removing

preterm infants from incubators. Journal of Obstetric, Gynecologic, and Neonatal Nursing. 24,

501-506.

7. Ludington-Hoe, S., G. Anderson, S. Simpson, A. Hollingsead, L. Argote, and H. Rey. (1999)

Birth-related fatigue in 34-36-week preterm neonates: rapid recovery with very early kangaroo

(skin-to-skin) care. J Obstet Gynecol Neonatal Nurs. 28(1), 94-103.

8. Ludington-Hoe, S., G. Anderson, J. Swinth, C. Thompson, and A. Hadeed. (2004) Randomized

controlled trial of kangaroo care: cardiorespiratory and thermal effects on healthy preterm

infants. Neonatal Netw. 23(3), 39-48.

9. Ludington-Hoe, S., N. Nguyen, J. Swinth, and R. Satyshur. (2000) Kangaroo care compared to

incubators in maintaining body warmth in preterm infants. Biol Res Nurs. 2(1), 60-73.

10. Ludington-Hoe, S.M., C. Thompson, J. Swinth, A.J. Hadeed, and G.C. Anderson. (1994)

Kangaroo care: Research results, practice implications and guidelines. Neonatal Network. 13(1),

19-26.

Texto completo en www.quenooseparen.info

Método madre canguro - Guía prácticaMétodo madre canguro
Guía práctica
2003 - 63 páginas Texto completo (PDF 969 KB)

Introducción

1.1 Problema: mejorar la atención a los recién nacidos con bajo peso al nacer y los resultados obtenidos

Todos los años vienen al mundo en torno a 20 millones de niños que presentan bajo peso al nacer (BPN), bien como consecuencia de un parto prematuro o bien debido a anomalías en el crecimiento prenatal; la mayoría de estos niños nace en países poco desarrollados. Ello contribuye de manera sustancial a elevar las tasas de mortalidad neonatal, cuya frecuencia y distribución corresponden a las de la pobreza.1, 2

Así pues, el BPN y el nacimiento prematuro están asociados a las altas tasas de mortalidad y morbilidad neonatales ye de niños menores de un año.3, 4 De los 4 millones de muertes neonatales que se estima se producen anualmente, los recién nacidos prematuros y el BPN representan más de una quinta parte.5 Por lo tanto, la atención a dichos recién nacidos se ha convertido en una carga para los sistemas de salud y seguridad social de todo el mundo.

En las sociedades prósperas, el principal factor causante del BPN es el nacimiento prematuro. La tasa correspondiente ha ido disminuyendo gracias a la mejora de las condiciones socioeconómicas, los modos de vida y la nutrición, circunstancias que han deparado unos embarazos más saludables, el desarrollo de una moderna tecnología de asistencia neonatal y la disponibilidad de unos profesionales sanitarios altamente especializados y calificados.6-8

En los países en desarollo, las altas tasas de BPN se deben al nacimiento prematuro y al retraso del crecimiento intrauterino, y su prevalencia disminuye lentamente. El que sus causas y determinantes sigan siendo desconocidos en su mayor parte limita la posibilidad de llevar a cabo intervenciones eficaces. Además, no se tiene acceso a la tecnología moderna o bien ésta no se puede utilizar adecuadamente, a menudo debido a la falta de personal capacitado. Si, por ejemplo, se dispone de incubadoras, éstas resultan con frecuencia insuficientes para dar abasto a las necesidades locales o bien no se limpian de manera apropiada. La adquisición de material y componentes de repuesto, así como el mantenimiento y las reparaciones resultan complicados y costosos; además, el suministro eléctrico es intermitente, por lo que el material no funciona como es debido. En tales circunstancias se antoja difícil dispensar unos cuidados adecuados a los bebés prematuros o con bajo peso al nacer: son frecuentes la hipotermia y las infecciones nosocomiales, lo que viene a agravar los pobres resultados sanitarios derivados del nacimiento prematuro. Frecuente y, a menudo, innecesariamente, las incubadoras separan a los bebés de sus madres y les privan del necesario contacto.

Lamentablemente, no existe una solución sencilla para dicho problema, dado que la salud del recién nacido está estrechamente vinculada a la de la madre y a la atención que aquélla reciba durante el embarazo y el parto.

Para muchos recién nacidos prematuros pequeños es importante recibir una atención médica prolongada. No obstante, el método madre canguro (MMC) constituye una técnica eficaz que permite cubrir las necesidades del bebé en materia de calor, lactancia materna, protección frente a infecciones, estimulación, seguridad y amor.

1.2 Método madre canguro: qué es y qué importancia tiene

El MMC es la atención a los niños prematuros manteniéndolos en contacto piel a piel con su madre. Se trata de un método eficaz y fácil de aplicar que fomenta la salud y el bienestar tanto de los recién nacidos prematuros como de los nacidos a término. Sus principales características son:

  • contacto piel a piel temprano, continuo y prolongado entre la madre y el bebé;
  • lactancia materna exclusiva (en el caso ideal);
  • se inician en el hospital y pueden continuarse en el hogar;
  • los bebés pequeños pueden recibir el alta en un plazo breve;
  • as madres que se encuentran en su hogar precisan de apoyo y seguimiento adecuados;v
  • se trata de un método amable y eficaz que evita el ajetreo que predomina por norma general en una sala de pediatría ocupada por bebés prematuros.

Los primeros en presentar este método fueron los doctores Rey y Martínez9 en Bogotá, Colombia, donde se desarrolló como alternativa a los cuidados en incubadora, inadecuados e insuficientes, dispensados a recién nacidos prematuros que habían superado dificultades iniciales y que necesitaban únicamente alimentarse y crecer. Casi dos décadas de aplicación e investigación han dejado claro que el MMC constituye algo más que una alternativa a los cuidados en incubadora. Se ha puesto de manifiesto que el MMC repercute eficazmente en el control de la temperatura, la lactancia materna y el desarrollo de vínculos afectivos referidos a todos los neonatos, al margen de su entorno, peso, edad gestacional y situación clínica.10, 11

La experiencia e investigación en materia de MMC a las que se ha otorgado mayor difusión provienen de los centros de salud donde comenzaron a dispensarse tales cuidados con la ayuda de profesionales sanitarios capacitados. En el momento en que la madre adquiría confianza en los cuidados que estaba proporcionando a su bebé, seguía dispensándolos en su hogar con el asesoramiento de profesionales que efectuaban controles frecuentes, lo que permitía efectuar un seguimiento especializado.

Las pruebas relativas a la eficacia y la seguridad del MMC se refieren únicamente a los recién nacidos prematuros sin problemas médicos, los denominados neonatos estables. La investigación y la experiencia demuestran que:

  • el MMC equivale, cuando menos, a la atención convencional (en incubadora) en lo que respecta a la seguridad y la protección térmica, si ello se calcula a tenor de la mortalidad;
  • al facilitar la lactancia materna, el MMC ofrece ventajas considerables en casos de morbilidad grave;
  • el MMC contribuye a la humanización de la atención neonatal y a potenciar los vínculos afectivos entre la madre y el hijo en países de bajos y altos ingresos;12, 13
  • en ese sentido, el MMC constituye un método moderno de atención en cualquier entorno, incluso en los lugares donde se dispone de costosas tecnologías y se tiene acceso a una atención adecuada;
  • el MMC nunca se ha evaluado en el entorno del hogar.

1.3 ¿De qué trata este documento?

El presente documento describe el método madre canguro para el cuidado de recién nacidos prematuros/con bajo peso al nacer (aquéllos que pueden respirar aire ambiente y no presentan problemas de salud importantes) que necesitan protección térmica, alimentación adecuada, observación frecuente y protección frente a infecciones.

Proporciona asimismo orientaciones sobre el modo de organizar los servicios en el hospital de referencia en cuanto a lo que resulta necesario para introducir y dispensar el MMC, centrándose en entornos en los que los recursos son limitados.

Siempre que resulta posible, se proporcionan pruebas que avalan las recomendaciones efectuadas.18 No obstante, con respecto a numerosas declaraciones, sobre todo las relativas a procedimientos secundarios, no se dispone de pruebas científicas sólidas que las corroboren, al igual que sucede en muchos otros sectores de la atención sanitaria. En estos casos, el texto recoge la experiencia recabada por los profesionales sanitarios que llevan años aplicando el MMC, muchos de los cuales examinaron minuciosamente las versiones anteriores del presente documento.

En cuanto al asesoramiento y el apoyo referidos a la lactancia materna, los lectores deberían consultar la guía Breastfeeding counselling: A training course - Trainer’s guide (Consejería en la lactancia materna: curso de capacitación – Guía del capacitador).19 Por lo que respecta al VIH y la alimentación infantil, véase la guía HIV and infant feeding counselling: A training course - Trainer’s guide (Consejería en VIH y alimentación infantil: Curso de capacitación - Guía del capacitador).20

La gestión de problemas médicos que aquejan a bebés pequeños no forma parte de esta guía. Pueden encontrarse orientaciones al respecto en libros de referencia o en el documento de la OMS Managing newborn problems. A guide for doctors, nurses and midwives.56

1.4 ¿A quién va destinado este documento?

El presente texto ha sido elaborado por profesionales sanitarios encargados de la atención a recién nacidos prematuros y con bajo peso al nacer en hospitales de referencia y entornos caracterizados por la carencia de recursos.

No está orientado a todos los posibles prestadores de atención de salud. Las instrucciones prácticas (o protocolos) adaptadas a las categorías de profesionales sanitarios disponibles en los diferentes entornos deberían elaborarse a escala local.

El texto está asimismo destinado a las instancias decisorias y a los encargados de la planificación a nivel nacional y local, pues ellos deben saber si el MMC se adecua a las necesidades de sus sistemas de salud, si es práctico y viable y qué es necesario para aplicarlo con éxito.

1.5 ¿Cómo debería utilizarse este documento?

Las directrices relativas al MMC deben adaptarse a las circunstancias específicas y a los recursos disponibles a escala nacional o local. El presente documento puede emplearse para el desarrollo de políticas nacionales y locales, directrices y protocolos a partir de los que pueda elaborarse material de formación. Otro material y otras actividades de formación, particularmente los referidos al apoyo y el asesoramiento en materia de lactancia materna, se antojan necesarios para adquirir todos los conocimientos prácticos que sean precisos. Esperamos que las instituciones de formación incluyan dichos conocimientos en sus respectivos planes de estudio.

WHO home page

QUE DICE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD

“Toda mujer tiene derecho a una atención prenatal adecuada y un papel central en todos los aspectos de dicha atención, incluyendo la participación en la planificación, ejecución y evaluación de la atención. Los factores sociales, emocionales y psicológicos son fundamentales para comprender la manera de prestar una atención perinatal adecuada”.

QUE DICE LA LEGISLACION ESPAÑOLA

La Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, de noviembre de 2002 (en adelante “LBRAP”), dice en su artículo 2 que:

“Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere el previo consentimiento de los pacientes o usuarios. El consentimiento debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada”; y que “El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles.”

El artículo 4 de la ley, titulado “Derecho a la información asistencial”, dice que:

“1. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Además, toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. La información, que como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la historia clínica, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.

2. La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, será verdadera, se comunicará al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.

3. El médico responsable del paciente le garantiza el cumplimiento de su derecho a la información. Los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica (por ejemplo la episiotomía o los fórceps) o un procedimiento concreto también serán responsables de informarle.”
La necesidad de advertir al paciente y pedir su consentimiento está claramente recogida en la Ley General de Sanidad, de 25 de abril de 1986 (en adelante “LGS”), que dice en su artículo 10:

“Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias:

4. A ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación, que, en ningún caso, podrá comportar peligro adicional para su salud. En todo caso será imprescindible la previa autorización y por escrito del paciente y la aceptación por parte del médico y de la Dirección del correspondiente Centro Sanitario.”

OTROS TEXTOS
que hacen hincapié en la necesidad de informar y respetar la voluntad del paciente:

  • DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, del año 1948;
  • DECLARACIÓN SOBRE LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES EN EUROPA, de 1994, de la Organización Mundial de la Salud;
  • CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO RESPECTO DE LAS APLICACIONES DE LA BIOLOGÍA Y LA MEDICINA, del Consejo de Europa, el cual ha entrado en vigor en el Reino de España el 1 de enero de 2000, vinculante para los países que lo suscriben. El Convenio trata explícitamente, con detenimiento y extensión, sobre la necesidad de reconocer los derechos de los pacientes, entre los cuales resaltan el derecho a la información, el consentimiento informado y la intimidad de la información relativa a la salud de las personas;
  • LEY 14/1986, DE 25 DE ABRIL, GENERAL DE SANIDAD. Destaca la voluntad de humanización de los servicios sanitarios. Así mantiene el máximo respeto a la dignidad de la persona y a la libertad individual;
  • LEY BÁSICA REGULADORA DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE Y DERECHOS Y OBLIGACIONES EN MATERIA DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA: refuerza y da un trato especial al derecho a la autonomía del paciente. En particular, merece mención especial la regulación sobre instrucciones previas que contempla, de acuerdo con el criterio establecido en el Convenio de Oviedo, los deseos del paciente expresados con anterioridad dentro del ámbito del consentimiento informado. Asimismo, la ley trata con profundidad todo lo referente a la documentación clínica generada en los centros asistenciales, subrayando especialmente la consideración y la concreción de los derechos de los usuarios en este aspecto

La nueva Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica

Dice la ley que:

“2. Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere, con carácter general, el previo consentimiento de los pacientes o usuarios. El consentimiento, que debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada, se hará por escrito en los supuestos previstos en la Ley.

3. El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles.

4. Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito.

6. Todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado no sólo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al cumplimiento de los deberes de información y de documentación clínica, y al respeto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente.”

Razones por las que el respeto a estos derechos ha de ser especialmente escrupuloso en el caso de las mujeres embarazadas:

1º Porque la mujer embarazada no es una paciente. El parto no es una enfermedad, es un acto fisiológico en el que la necesidad de intervenir ha de ser valorada cuidadosamente. Cualquier intervención en un proceso de salud requiere más justificación que cuando se realiza ante una patología.

2º Porque las parturientas se encuentran en una situación de gran vulnerabilidad física y psíquica y puede tener dificultades para expresar sus deseos y necesidades. Por tanto, el equipo médico debería facilitar la expresión de estas necesidades, lo que exige mayor honradez a la hora de informar y recabar el consentimiento.

3º Porque están en juego dos vidas, y por ello han de respetarse también los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad. Los padres tienen el derecho y la obligación de velar por la salud de sus hijos. Por ello, es su derecho y su deber estar informados en todo momento de las consecuencias que determinadas prácticas pueden tener en la salud del feto o del neonato. La toma de decisiones no debe ser usurpada por los asistentes al parto, ya que la responsabilidad es de los padres, y son ellos quienes van a afrontar la eventualidad de un resultado adverso.

4º Porque el parto es un acontecimiento de la vida sexual. Las intervenciones practicadas a una mujer que está de parto tienen lugar principalmente sobre sus órganos genitales y son muy intrusivas, por lo que su intimidad y su dignidad están más expuestas que en otros ámbitos de la medicina.

Desde www.episiotomia.info

  • La maniobra de KRISTELLER es una maniobra propia del siglo XIX, que consiste en presionar el fondo del útero sincrónicamente con la contracción uterina, con el fin de conseguir la coronación de la cabeza del bebé a la fuerza.
  • Esta maniobra, completamente desaconsejada, entraña numerosos peligros como hemorragias, desprendimiento de placenta (que implica cesárea urgente con peligro de muerte para la madre y el bebé), rotura uterina (con consiguiente extirpación del útero), fractura de la clavícula del feto, elongar el plexo branquial anterior con la posible parálisis de Erb (la parálisis de Erb es consecuencia de una lesión en los nervios del plexo braquial, que controlan el movimiento de hombros, brazos y manos. Los síntomas de la parálisis de Erb incluyen parálisis de los brazos y pérdida del control de los músculos de brazos y manos.), o desgarro del músculo esternocleidomastoideo. También provoca graves desgarros en el periné de la madre.
  • Una alternativa sencilla que se utiliza en algunos países para que "bajen los bebés" de madres que tienen la epidural puesta, consiste en hacer que la madre permanezca de pie durante una hora aprox. una vez ha alcanzado la dilatación completa, ( la walking epidural, permite movilidad). Pasado este tiempo, la mayoría de cabecitas acaban coronando por si solas, sin necesidad de pujos.
  • En este vídeo puedes ver cómo se realiza esta maniobra, aunque en muchas ocasiones se suben encima de la madre literalmente.


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Esta muestra médica presenta un intento de parto vaginal posterior a un parto por cesárea (VBAC) con ruptura uterina subsiguiente (útero roto). Muestra al feto dentro de la pared uterina (en el útero), con la placenta, cordón umbilical y la cicatriz de una incisión de un parto por cesárea anterior. Puede observase a la enfermera aplicando presión fúndica a la matriz, lo que causa que la cabeza del bebé sobresalga de la cicatrización del útero, con hemorragia masiva y desprendimiento prematuro de la placenta.


  • LA ATENCION OBSTETRICA A FINALES DEL XIX

Desencadenado el trabajo y si había debilidad contráctil, se apelaba a la aplicación local de éter sulfúrico y al taponamiento de la vagina, que al decir de algunos, tenía magnífico efecto, lo mismo que la "cateterización del útero", método que consistía en introducir una sonda elástica dentro de la cavidad uterina. Probablemente la ruptura de las membranas que había de producirse con este procedimiento, era realmente lo que mejoraba la dinámina. Durante el periodo expulsivo maniobra de Kristeller era también muy socorrida.

www.encolombia.com/siglo%20xix4_ginecobstetricia.htm

  • Desaconsejado para no ser realizada NUNCA desde las Asociaciones:

www.dandoaluz.org.ar/controles.htm

www.tobinatal.com.ar/humanizacion/controles.doc

donde se recoge el estudio de Doña Consuelo Ruiz Velez-Frías autora de “cartilla para aprender a dar a luz” Editorial Thalassa).

  • En países como Costa Rica no sólo se observa esta técnica como obsoleta, sino que está prohibida por su sistema de salud:

La litotomía (así llamada a la posición acostada de la mujer) hace necesario intervenciones dolorosas y hasta peligrosas para las mamás y para sus bebés como fórceps, jalarle hacia afuera apenas sale su cabecita e, incluso, la “maniobra de Kristeller” (presionar el útero de la madre hacia afuera) prohibida ya en el sistema de salud.

http://www.cosmovisiones.com/primal/comu2407.html

  • En las “Primeras jornadas Obstétricas de Buenos Aires”, a cargo de D.Ricardo Schwarcz, la maniobra de Kristeller está recogida como una práctica perjudicial/ineficaz:

A. PRACTICAS PERJUDICIALES O INEFICACES QUE SE APLICAN

EN LA ATENCION DEL PARTO DE BAJO RIESGO.

o Enema de rutina.

o Rasurado de la zona del pubis.

o Canalización preventiva de una vena e infusión de líquidos por esa vía

.

o Exámenes por vía vaginal frecuentes y por mas de una persona.

o Amniotomía precoz de rutina.

o Monitorización electrónica materno-fetal de rutina.

o Analgésicos y anestesia peridural u otra, como práctica común de

rutina.

o Administración de oxitocina en cualquier momento anterior al

nacimiento cuando no se dispone de facilidades quirúrgicas.

o Incitar a la madre a realizar esfuerzos de pujo antes de completada la

dilatación cervical o del inicio espontáneo de los mismos.

o Posición horizontal permanente en decúbito dorsal durante el período

de dilatación.

o Posición supina durante el período expulsivo (posición ginecológica).

o Presión sobre el fondo uterino durante el período expulsivo

(maniobra de Kristeller o similar).

o Práctica liberal de la episiotomía.

o Práctica liberal de la cesárea.

o Revisión de la cavidad uterina como rutina.

o Aspiración nasofaringea del recién nacido de rutina.

o Mantenimiento del aire frío artificial de sala de partos cuando nace el

niño.

· La AMA (Asociación Médica Argentina) nos enseña en un estudio sobre responsabilidad médica legal y la mala praxis elaborado por la Dra. Lidia Nora Iraola y el Doctor Hernán Gutiérrez Zaldívar (ver http://www.amamed.org.ar/peritos_articulos1.asp?id=102) que en los supuestos en los que se emplee la técnica de kristeller se genera responsabilidad penal por ser una maniobra desaconsejada, peligrosa y que causa severos daños:

En un reciente Fallo en sede penal, se trató el caso de dos Obstetras que se encontraban a cargo de un paciente en trabajo de parto. Una de ellas instruyó y colaboró en la realización de la maniobra llamada "Kristeller", en la que se presiona a la altura de la cavidad uterina para ayudar al parto, estando esta maniobra claramente descripta a la par que desaconsejada en la técnica y la praxis médica, ocasionando tal conducta severos daños en el útero de la paciente y posterior extirpación del mismo. La otra profesional médica, tuvo conocimiento de las intenciones de la primera y nada hizo para evitar que se llevase a cabo la maniobra descripta ni siquiera para desaconsejarla.

La sentencia penal condenó a ambas, a la primera como agente directo del daño y a la segunda por haber permitido pasivamente que la anterior actuase en la conducta dañosa, sin hacer valer de modo acreditable a través de la Historia Clínica, su conocimiento de la peligrosidad de la maniobra y su disenso con la conducta médica adoptada.-

· El Doctor Z Lattus, académico del Departamento de Obstetricia y Ginecología del Campus Oriente de la Facultad de Medicina fue premiado por la Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología el 20 de Agosto de 2001 por un estudio titulado “Espátulas rectas paralelas de Velasco. Un nuevo instrumento extractor del feto en el período expulsivo detenido” (ver http://www.med.uchile.cl/noticias/paginas/2002/lattus.html ) en el que explica la peligrosidad de la técnica y la necesidad de sustituirla por técnicas más modernas por los problemas en el feto que se producen:

El doctor Lattus advierte que cuando se presentan estos problemas en ciertas oportunidades se emplea la maniobra de Kristeller o de apoyo sobre el fondo uterino, que a veces puede ser muy peligrosa ya que produce desgarros en la madre y problemas en el feto. "En vez de emplear esta maniobra es preferible que para ayudar al parto vaginal el especialista use instrumentos más modernos, como las espátulas mencionadas ya que, según se ha descrito en todos los países donde se han utilizado,son inofensivas para la madre y el niño y provocan un menor porcentaje de lesiones en el canal del parto si las comparamos con los fórceps fenestrados y articulados que son tan propios de las escuelas anglo-sajonas", resalta.

· Por eso, estadísticamente se refleja en la línea que se está argumentando, que en un estudio realizado por los pediatras D. Alejandro Peña y Heladia J. X, que el 32% de los niños que nacieron con trauma asociado al nacimiento se les había practicado la maniobra de Kristeller (y por cierto siendo lo más habitual que en el segundo minuto el appgar fuera de 8). Ver http://www.imss.gob.mx/NR/rdonlyres/D6A853C1-43B6-4F3A-A4C9-4939F30CA4C7/0/rm04105incidenciaenlesiones.pdf del que se extrae a modo de ejemplo:

Se encontró que en un alto porcentaje de pacientes (32 %) se usaron maniobras externas para la extracción del neonato, como la maniobra de Kristeller, que implica la aplicación de fuerzas mecánicas externas sobre el recién nacido. Consideramos que no debería realizarse por el daño que puede producir, como fracturas, hemorragia intracraneana o cefalohematoma, que fue la lesión más frecuente en este estudio. Esta medida puede prevenirse si se realiza una adecuada evaluación obstétrica y se elige la vía de nacimiento más adecuada para la madre y el niño.



Al respecto de la Parálisis de Erb, he encontrado este blog que puede ser de utilidad a quienes la hayan sufrido: http://perso.wanadoo.es/aliciajulio/


PIE BB


A.- Derecho del niño a estar acompañado de sus padres, o de la persona que los sustituya, el máximo tiempo posible, durante su permanencia en el hospital, no como espectadores pasivos sino como elementos activos de la vida hospitalaria, sin que ello comporte gastos adicionales; el ejercicio de este derecho no debe perjudicar en modo alguno ni obstaculizar la aplicación de los tratamientos a los que hay que someter al niño.

B.- Derecho del niño a recibir una información adaptada a su edad, su desarrollo mental, su estado afectivo y psicológico, con respecto al conjunto del tratamiento médico al que se le somete y las perspectivas positivas que dicho tratamiento ofrece.

C.- Derecho de sus padres o de la persona que los sustituya a recibir todas las informaciones relativas a la enfermedad y al bienestar del niño, siempre y cuando el derecho fundamental de éste al respecto de su intimidad no se vea afectado por ello.

D.- Derecho de los padres, o de la persona que los sustituya, a expresar su conformidad con los tratamientos que se aplican al niño.

E.- Derecho del niño a una recepción y seguimiento individuales, destinándose, en la medida de lo posible, a los mismos enfermos y auxiliares para dicha recepción y los cuidados necesarios.

F.- Derecho de los padres o de la persona que los sustituya a una recepción adecuada y a su seguimiento psicosocial a cargo de personal con formación especializada.

G.- Derecho del niño a no ser sometido a experiencias farmacológicas o terapéuticas. Sólo los padres o la persona que los sustituya, debidamente advertidos de los riesgos y de las ventaja de estos tratamientos, tendrán la posibilidad de conceder su autorización, así como de retirarla.

H.- Derecho del niño a no recibir tratamientos médicos inútiles y a no soportar sufrimientos físicos y morales que puedan evitarse.

I.- Derecho a ser tratados con tacto, educación y comprensión y a que se respete su intimidad.

J.- Derecho (y medios) del niño de contactar con sus padres, o con la persona que los sustituya, en momentos de tensión.

K.- Derecho a la seguridad de recibir los cuidados que necesita, incluso en el caso que fuese necesaria la intervención de la justicia si los padres o la persona que los sustituya se los nieguen, o no estén en condiciones de dar los pasos oportunos para hacer frente a la urgencia.

L.- Derecho del niño a ser hospitalizado junto a otros niños, evitando todo lo posible su hospitalización entre adultos.

M.- Derecho de los niños a proseguir su formación escolar durante su permanencia en el Hospital, y a beneficiarse de las enseñanza de los maestros y del material didáctico que las autoridades escolares pongan a su disposición, en particular en el caso de una hospitalización prolongada, con la condición de que dicha actividad no cause perjuicio a su bienestar y/o no obstaculice los tratamientos médicos que se siguen.

N.- Derecho de los niños a disponer de locales amueblados y equipados, de modo que respondan a sus necesidades en materia de cuidados y de educación, así como de juegos, libros y medios audiovisuales adecuados y adaptados a su edad.

PARLAMENTO EUROPEO, 13 de Mayo de 1986

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