| Prestación económica de carácter universal por parto, adopción o acogida múltiple | |
| Beneficiarios
Las familias que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:
Importe La familia que se encuentre en alguno de los supuestos anteriores y solicite la prestació, recibirá 663 euros en caso de parto doble, adopción o bien acogida simultánea de dos hijos. ¿Cómo solicitar el servicio?
En el formulario se os indica la documentación adicional que debéis de presentar. Los puntos de atención presencial son:
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| Ayuda para familias con parto, adopción o acogida múltiple sometida al nivel de ingresos de la unidad familiar | |
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Beneficiarios Las familias que no superen unos ingresos de siete veces el indicador público de renta de efectos múltiples anual (53.359,04 euros), y que se encuentren en alguno de los supósitos sigüientes:
Importe La familia que se encuentre en el supuesto anterior y solicite la ayuda, recibirá 2.448 euros por unidad familiar en caso que esta no supere unos ingresos de siete veces el indicador público de renta de efectos múltiples anual. Si ésta no supera unos ingresos de cinco veces el indicador público de renta de efectos múltiples anual, la ayuda a percibir será de 3.264 euros por unidad familiar. ¿Cómo solicitar el servicio?
En el formulario se os indica la documentació addicional que debéis de presentar. Los puntos de atención presencial son:
Si ya habéis solicitado esta ayuda anteriormente y no debéis hacer cambios en vuestros datos, confirmad vuestra petición a través de la Confirmación de los datos de 2008 (sin modificaciones), llamando al 012, o bien por correo postal o presencialmente. Con el número de referencia de la hoja de confrimación de los datos, que recibiréis de forma personalizada en vuestro domicilio, podéis hacer este trámite. También lo podéis hacer por SMS AL 7130: enviando un mensaje con GENCAT+NIF/NIE+NÚMERO DE REFERÈNCIA (Ejemplo: GENCAT+39111111W+00005364). En cambio, si debéis modificar vuestros datos de domicilio y/o datos bancarios, y/o añadir hijos, lo podéis hacer a través de la Confirmación de los datos de 2008 (con modificaciones). Hay que estar registrado. Con el número de referencia de la hoja de confrimación de los datos, que recibiréis de forma personalizada en vuestro domicilio, podéis hacer este trámite.
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| Ayuda para adopción internacional | |
| Beneficiarios
Las familias que cumplan los siguientes requisitos:
Importe La familia que se encuentre en alguno de los supuestos anteriores y solicite la ayuda, recibirá 2.346 € por unidad familiar. Esta ayuda se otorga por familia, con independencia del número de hijos adoptados de forma simultánea. ¿Cómo solicitar el servicio?
En el formulario se os indica la documentació addicional que debéis de presentar. Los puntos de atención presencial son:
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| Características comunes | |
| Documentación
En el caso de solicitudes presentadas a través de este portal se llevará a cabo una comprobación de los datos de que dispone la Generalitat de Cataluña, y si son completos no será necesario aportar ningún documento. En caso que el sistema no pueda contrastar los datos, se informará y se comunicará la documentación que hay que anexar escaneada.. En el caso que no podáis anexarla, la podéis presentar presencialmente en un punto de atención. Los puntos de atención presencial son:
Recursos Si no se está de acuerdo con la resolución, existe la posibilidad de interponer un recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Políticas Familiares y Derechos de Ciudadanía y también de la Consejera del Departamento de Acción Social y Ciudadanía. |
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| Plazo | |
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Plazo Hasta el 30 de diciembre de 2008. Excepcionalmente, para las familias con hijos nacidos, adoptados o acogidos durante el mes de diciembre de 2008, el plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de enero de 2009. |
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Acceso a la página de www.gencat.net














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