| ¿ En qué consiste la deducción autonómica por gastos de guardería de hijos menores de 3 años? |
| RESPUESTA: |
Los contribuyentes residentes en la Región de Murcia pueden deducir el 15 por 100 de las cantidades satisfechas en el año a guarderías y centros escolares por hijos menores de 3 años.
Si se trata de una unidad familiar constituida por un matrimonio y los hijos menores de edad (o mayores de edad sometidos a patria potestad prorrogada), la cuantía de la deducción no puede superar 220 euros en tributación individual y 440 euros en tributación conjunta. En dicho supuesto, para poder aplicar la deducción deben cumplirse los siguientes requisitos:
1) Ambos cónyuges han de trabajar fuera del domicilio familiar.
2) Ambos cónyuges han de obtener rentas procedentes del trabajo personal o de actividades económicas.
3) La base imponible general menos el mínimo personal y familiar ha de ser inferior a 16.000 euros si la tributación es individual o inferior a 28.000 euros si la tributación es conjunta. La base imponible del ahorro no ha de superar 1.202,02 euros en ambos tipo de tributación.
En cualquier otro caso, la cuantía de la deducción no puede exceder de 220 euros, con independencia del tipo de tributación, debiendo cumplirse los siguientes requisitos:
1) Que el padre o la madre que tiene la custodia del hijo trabaje fuera del domicilio familiar.
2) Que obtenga rentas procedentes del trabajo personal o de actividades económicas.
3) Que la base imponible general menos el mínimo personal y familiar sea inferior a 16.000 euros cualquiera que sea el tipo de tributación. Que la base imponible del ahorro no supere 1.202,02 euros cualquiera que sea el tipo de tributación.
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| NORMATIVA: |
Artículo 1 . Tres Ley 15 / 2002 , de 23 de diciembre de 2002 de la Región de Murcia (redacción Ley 12/2006) .
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| ENLACES CON OTRAS REFERENCIAS |
4 comentarios
July García
27 may 2010 | 08:50 PM
Hola yo no tengo obligacion de declarar a hacienda pero me ha llegado un borrador en el que me dice que tengo una cuota diferencial de 478,13euros no obstante dicha cantidad no le sera exigida , debido a que usded no tiene obligación a declarar sin embargo si que deberé pagar el importe resultante de la regularización de la deduccion por maternidad que asciende a 1200 euros .no lo entiendo porq eso tengo que pagar lo ya o pedir que lo fraccionen segun lo pone en la carta estoy muy asustada no se como areglar esto pido a alguien me conteste y ayude sobre esto porq tengo que pagarlo si es una ayuda a las madres con hijos , madres trabajadora.
porunpartorespetado
28 may 2010 | 06:17 PM
July, yo no soy gestora, no tengo ni idea de hacer declaración de hacienda... O pago a un gestor o confirmo borrador, y ya. De todos modos, si tu has trabajado mas de 4h diarias, esos 1200€ no los tienes que devolver. En la hoja principal, en la primera del borrador, te dice si tu declaración es a devolver o no, si te pagan el importe sale en negativo. Miralo bien, porque me extraña... y sino tendras que ir a hacienda a que te lo aclaren y les preguntas, en caso de pagar, si lo puedes fraccionar.
Saludos
porunpartorespetado
28 may 2010 | 06:18 PM
Ah, llamando al teléfono que te pone tambien te lo aclaran...
pko
12 abr 2011 | 10:45 PM
Trabajo en Hacienda y he visto muchos borradores en los que a la madre le sale que tiene que devolver la cantidad percibida de forma anticipada osea los 100 euros al mes multiplicados por los 12 meses. Esto suele ser porque en los datos fiscales aparecen los 1200 euros cobrados y sin embargo no aparece ningún niño menor de 3 años por no constar en los datos familiares de la madre. Mira el borrador y donde pone el estado civil, fecha de nacimiento etc... debería aparecer el niñ@, si no es así solo tienes que modificar el borrador incluyendolo. Otro motivo puede ser que hayas cobrado la ayuda y por algún motivo se desconoce si has estado trabajando o cobrando el paro ya que en ambas situaciones se cotiza a la Seguridad Social pero solo hay derecho a la deducción si se trabaja...Si pides cita lo solucionas seguro.
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