El artículo 83 del RD Legislativo 3/2004 (Texto refundido de la Ley del IRPF) establece una deducción para las mujeres que trabajen fuera del hogar con hijos menores de 3 años, de hasta 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.
Quiénes pueden beneficiarse de esta deducción
1. Las mujeres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta propia o ajena, dadas de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o Mutualidad y que convivan con los hijos, siempre que cada hijo no obtenga rentas anuales superiores a 8.000 euros (sin contar a estos efectos las rentas exentas), ni presente declaración ni la solicitud de devolución rápida. En el caso de hijos adoptados o acogidos, la deducción se podrá aplicar durante los tres años posteriores a la fecha de la inscripción de la adopción o del acogimiento en el Registro Civil. Cuando no sea necesaria la inscripción, la deducción se podrá practicar a partir de la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
2. El padre o tutor, en caso de fallecimiento de la madre, o cuando ostente la guarda y custodia de forma exclusiva, tendrá derecho a la deducción pendiente. En este caso, también deben cumplirse los requisitos anteriores.
Importe
La deducción será de hasta 1.200 euros/año por hijo menor de 3 años; se calcula proporcionalmente al número de meses en que concurren los requisitos anteriores, incluido el mes del nacimiento y no computando el del cumplimiento de los 3 años.
Tiene como límite para cada hijo, las cotizaciones y cuotas totales de Seguridad Social y Mutualidades de carácter alternativo devengadas en el ejercicio con posterioridad al
nacimiento y hasta que cumpla tres años. Este importe incluye las cuotas tanto del empleador como del empleado y no se descuentan las bonificaciones practicadas.
Ejemplo para el ejercicio 2007:
Dña. M. estuvo de alta en Seguridad Social todos los meses de 2007 y cotizó (entre ella y la empresa) 1.350 euros.
• Hija A nacida el 15 de junio de 2004 (cumple 3 años el 15 de junio de 2007).
• Hijo B nacido el 15 de enero de 2007.
Deducción Hija A: 500 euros (5 meses)
Deducción Hijo B: 1.200 euros (12 meses)
Total deducción Dña. M. año 2007: 1.700 euros
Usted puede elegir cómo beneficiarse de la deducción
La Agencia Tributaria le ofrece dos sistemas alternativos, que no suponen alteración del importe de la deducción:
Opción 1:
Incluir la deducción en la declaración anual del I.R.P.F. o, para las madres no obligadas a declarar, en la correspondiente solicitud de devolución rápida.
Opción 2:
De forma anticipada. Este sistema permite el cobro, cada mes en el que se cumplan los requisitos, de 100 euros por hijo, a través de transferencia bancaria.
PROCEDIMIENTO DE PAGO ANTICIPADO
Quienes deseen acogerse a este sistema de pago anticipado deben solicitarlo presentando el modelo 140, en nuestras oficinas, por correo, a través de Internet o llamando al Centro de Atención Telefónica de Gestión Tributaria 901 200 345.
Cualquiera que sea el medio elegido, deberán comunicarse los datos identificativos de la solicitante e hijos, el régimen y número de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad
en el que figure de alta y la cuenta corriente (20 dígitos) en la que se desea recibir el ingreso.
El modelo 140 estará disponible en todas las oficinas de la Agencia Tributaria, en los Registros Civiles y en www.agenciatributaria.es.
Descargar modelo 140 para solicitud de la deducción en formato PDF.
El artículo 83 del RD Legislativo 3/2004 (Texto refundido de la Ley del IRPF) establece una deducción para las mujeres que trabajen fuera del hogar con hijos menores de 3 años, de hasta 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.
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24 comentarios
Isabel
11 jun 2008 | 01:31 AM
Me parece totalmente escandaloso que nos vendan estas ayudas de 100 € como una ayuda a guarderia, lo primero que proporcionarnos esas guarderias deberia ser una labor del estado, y segundo, que pasa... a esos 100 € no se les aplica la inflación, por que que yo sepa, el precio de las guarderias -y de todo-sube año tras año... Y otra cosa (Pondria tantas...) Sobre la ayuda de los 2500 €, yo no tuve esa ayuda, ni yo ni muchas madres, que pasa..., nuestros hijos valen menos? Veo tambien con gran indignacion e impotencia como no puedo desgravarme los gastos de gafas y tratamiento de mi hija que tiene un problema muy serio de vision, de febrero a junio me he gastado 900 € entre gafas y especialistas, pero por lo visto ese gasto, que esta mas que justificado no desgrava en ningun sitio ni es asumido parcialmente siquiera por la seguridad social. Me parece vergonzosa la situacion.
JOSE LUIS
15 may 2009 | 12:05 PM
ACABO DE IR A UNA ASESORÍA PARA QUE ME HAGAN LA DECLARACION DE LA RENTA, TANTO LA MIA COMO LA DE MI MUJER. ELLA HA ESTADO COBRANDO LA AYUDA FAMILIAR DE LOS 100 € MENSUALES Y EN LA ASESORIA ME DICEN QUE TODO LO QUE HA COBRADO LO TIENE QUE DEVOLVER AL HACER LA DECLARACION DE LA RENTA. SI ES UNA AYUDA PARA LAS MADRES QUE TRABAJAN, ¿POR QUE LE EXIGEN AHORA QUE DEVUELVA ESTA AYUDA? SI ES ASÍ, NO LO LLAMEN AYUDA, LLAMENLO PRESTAMO. SU DECLARACION LE SALIA A DEVOLVER 60,12 € PERO AL RESTAR LA AYUDA RECIBIDA (300 €) LE SALE A PAGAR 239,88 €. SUERTE QUE NO LLEGA AL MINIMO PARA LA OBLIGACION DE HACER LA DECLARACION. ¿ALGUIEN PODRIA ACLARARME EL POR QUE TIENE QUE DEVOLVER LA AYUDA AL HACER LA DECLARACION?
porunpartorespetado
15 may 2009 | 07:43 PM
Hola, Jose Luis:
Pues la verdad es que no lo se, solo se me ocurre que o bien haya dejado de trabajar mientras recibía la prestación y no lo haya notificado, o haya pasado a hacer menos de 4 horas diarias y tampoco lo haya dicho. Recuerda que esta ayuda es solo para madres trabajadoras, no es ayuda por maternidad, sino por maternidad para madres que trabajan, al menos, 20h semanales.
Siento no ser de mas ayuda.
Saludos,
mireia
Isabel
25 may 2009 | 04:00 PM
Hola:
Yo creo que lo que ocurre es que esa ayuda se puede recibir de 2 formas: o bien cobrándolo anticipadamente como ha hecho tu mujer; o bien como importe a deducir en la declaración de Hacienda. Si ya lo has cobrado por anticipado no lo puedes deducir, porque si no, sería como que cobras la ayuda 2 veces.
No es que tengas que devolverlo, es que no puedes volver a recibir la ayuda. Es decir, no puedes volver a indicar en la declaración que tienen que descontarte ese dinero del total que tuvieras que pagar a Hacienda, porque ya habéis recibido esa ayuda del Estado.
No sé si esto te sirve.
Un saludo
Isa
11 jun 2009 | 06:00 PM
Jose Luis lo cierto es que no me parece nada lógico lo de tu mujer, la verdad, a no ser que no estuviera trabajando esos meses cobrados y sea un importe cobrado de más. Yo estoy harta de hacer declaraciones de renta y NUNCA se me ha dado el caso de que alguien que ha tenido un hijo tenga que pagar ese año, a no ser que haya otras circunstancias: ventas inmuebles, acciones y cosas similares.
Si necesitas más información déjame un mensaje y lo vemos más a fondo.
Un saludo. Isabel
porunpartorespetado
11 jun 2009 | 10:45 PM
Gracias por tu colaboracion, Isabel. Acabo de ver el otro mensaje, el de las gafas... ¿tambien es tuyo? No lo había visto y al ver la fecha, creía que era de ahora y no lo recordaba haber publicado! La verdad es que hay tantas cosas, como tu dices, que estan fatal... Si te sirve de consuelo, yo tampoco he tenido los 2500 con ninguno de mis dos hijos, aunque en teoría para cuando decían que se iba a aprobar, si me habría tenido que cojer, pero lo aprobaron mas tarde. Y mi marido tampoco ha tenido los 15 días de paternidad, 3 y va que arde...
En fin, ademas de reclamar en todas las ocasiones que nos sea posible, poco mas podemos hacer... y lo de las gafas es un delito, la verdad. Antes si se podían desgravar gastos médicos, no?
Saludos!
Mireia
sonia
14 jul 2009 | 08:17 AM
mi pregunta es la siguiente. tengo un hijo de 4 meses y estoy recibiendo la deduccion anticipada de agencia tributaria 100 euros mensuales, en caso de reduccion de la jornada por guarda legal, ¿tengo derecho a recibir esos 100 euros? o la parte proporcional?
porunpartorespetado
16 jul 2009 | 03:16 AM
Hola, Sonia:
Gracias por pasar por mi blog. Segun tengo entendido, se puede cobrar la prestación hasta la media jornada. Si haces menos de 20h semanales, no. Pero en cualquier caso, llama al 901 200 345 y que te lo confirmen.
Saludos,
Mireia
Adri
29 jul 2009 | 09:36 AM
Hola
Una duda. Esos 100€ son un "regalo" del gobierno o simplemente es el dinero que en teoria me quitarian mensualmente de IRPF.
Si es de esa manera entonces no es ninguna ayuda, solo me quitan menos impuestos, es mi dinero.
pepa
5 abr 2010 | 05:40 PM
Si estoy recibiendo esta ayuda, deduccion... no se como llamarlo... al hacer la declaracion tendré la deduccion de vivienda como hasta ahora? o al entregarme esos 100 € q en total hacen 1200 € solo me darian 150€ q son los restantes para llegar al maximo deducible por vivienda?
Marta
15 abr 2010 | 06:34 PM
Pepa, no tiene que ver con la deducción por vivienda. Lo que entiendo es que si te puedes desgravar 1300 euros porque es lo que has cotizado, y ya has recibido 1200, solo te podrán devolver 100, porque es una devolución de lo que has pagado ya (no te van a dar nada que no hayas pagado)
Pero sobre esto tengo una duda y es que dice que importe incluye las cuotas tanto del empleador como del empleado ¿cómo sé yo cuánto ha pagado por mi a la SS mi empleador?
Yolanda
17 abr 2010 | 11:12 AM
Hola!
Estuve trabajando en año pasado y estuve cobrando la ayuda, luego me quedé en paro, y ahora hace dos semanas empecé a trabajar otra vez.
Tengo derecho a volver a recibir los 100 euros de ayuda por madre trabajadora??
Marta
18 abr 2010 | 05:37 PM
Hola Yolanda!
No son 100 euros de ayuda, sino de deducción de impuestos. Si ves que la declaración de la renta del año que viene te va a salir negativa, puedes "pedir que te lo adelanten" 100 euros al mes en lugar de esperar a que te lo devuelvan con la próxima declaración de la renta. Eso son los 100 euros...
gloria
27 abr 2010 | 02:38 PM
Me ha venido un borrador no confirmable yo trabajo 4 jkhoras a la semana.Y no me dan este año los 100 euros de deduccion. El año pasado si me lo dieron .Me dijeron que con un dia trabajado tienes derecho. Alhguien puede responder si es cierto .Un saludo y muchas gracias.Gloria
Almudena
29 abr 2010 | 06:17 AM
He leido este comentario en otra foro acerca de lo mismo y quiza os ayude a no devolver lo que es vuestro. Por lo visto es bastante habitual que haya errores....
"No te indignes, hombre y llama al teléfono de atención a contribuyente de Aeat. El borrador de hacienda es eso, un borrador. Debes comprobar que los datos son correctos y corregirlos en caso contrario. Los 100 euros nos los adelanta Hacienda todos los meses si tenemos derecho a la deducción y si nosotras lo solicitamos. Luego cuando haces la declaración debe aparecer que tienes derecho a la deducción y las cantidades que ya has recibido. Una en positivo y otra en negativo, por lo que compensan. Si no has solicitado el anticipo de 100 todos los meses, en tu declaración constará que tienes derecho a la deducción y no has recibido nada, por lo que se incrementará tu cantidad si es negativa o disminuirá si es positiva. Esto es, de devolverán más o te reducirán lo que debes pagar.
Si no sabes comprobar los datos del borrador, yo te aconsejaría que pidieras cita previa, o que consultes con alguien que conozca un poco el tema y te pueda ayudar.
Te aseguro que no me llamo Zapatero.
Espero que te haya servido de ayuda. A veces la falta de información hace que las cosas parezcan peores."
gloria
29 abr 2010 | 04:52 PM
Pero cuanto tienes que trabajar en horas para recibir los 100 euros de deduccion de maternidad.
veronica
2 may 2010 | 09:19 PM
hola alguien me podria sacar de dudas? me llego el borrador con la deduccion de maternidad por 1200 euros y la verdad es que en el 2009 solo trabaje en el mes de enero y en el resto del año estuve de paro y yo quisiera saber si eso esta correcto o de lo contrario tengo que comentarlo en hacienda para que no pongan esa deduccion, por que tengo miedo de confirmarlo asi y que luego tenga problemas, muchas gracias.
porunpartorespetado
2 may 2010 | 11:20 PM
Hola, Verónica. ENtonces imagino que, independientemente de lo que te toque a devolver o pagar, representa que te devuelven 1200 euros? Si tu solo trabajaste un mes y has cobrado los 100€ durante todo el año, te harán devolver esos 1100 que te han pagado sin cumplir requisitos. Si no lo tenías mensual, sino que ahora te lo pretenden pagar todo, entonces te van a devolver los 1200? Mira, puedes arriesgarte, pero por norma se dan cuenta y si no lo dices tu y ellos se percatan, ademas de devolverlo te haran pagar una sanción, asi que yo llamaria al telefono que te pone para confirmar, pide atención personal (que no te atienda el contestador) y diles los datos reales. Ellos te haran un nuevo borrador, te lo enviarán y lo podras confirmar, e incluso es muy posible que cuando hayas modificado los datos, te dejen confirmarlo directamente y te olvidas.
Saludos.
eva
4 jun 2010 | 04:34 PM
Yo tambien estoy cobrando la ayuda de los 100 € mensuales, y vaya tela, de ayuda nada, más bien es un prestamo al tipo de interes 0%.
Me tenían que devolver por deduccion de vivienda, pero cual fue mi sorpresa, que los 100 € mensuales te los descuentan de lo que te corresponde por vivienda, y la diferencia que me devuelven no llega a 30 €. Anda que bien, y a eso le llaman AYUDAAA. Nada que te lo adelantan pero al lo tienes que devolver, suerte si sale nagativa, pq si sale positiva toca pagar los 1200€.
Eva
17 jun 2010 | 05:15 PM
La declaracion me sale a pagar los 1200€ que me han anticipado por mi bebe durante el 2009. Yo soy autonoma, y durante 1 año la couta de mi ss fue 83 dentimos (digamos que durante el primer año del bebe no te cobran la ss, es una "ayuda" a mamas autonomas) en este año he recibido los 1200, y como de couta no he pagado casi nada, ahora me hacen devolverles esos 1200€!!!!!!!!!!! esto es normal???????????
GETA
29 jul 2010 | 12:26 PM
LLEVO COBRANDO SOLO DOS MESE LOS 100 EUROS POR DEDUCCION POR MATERNIDAD,Y ME HE QUEDADO SIN TRABAJO DURANTE UNA SEMANA,PERO OTRA VEZ TENGO TRABAJO,ME VAN A SEGUIR PAGANDO LOS 1OO EUROS?
maria jose
13 oct 2010 | 03:13 PM
necesito que me ayude , a hi va mi tema yo tuve a mi niña en noviembre del 2007 y cobre la deducion por maternidad hasta junio del 2010 que me quede si trabajo pero esque en julio del 2010 volvi a trabaja esactamente el dia 5 de julio y volvi a pedir la deducion por maternidad puesto que hasta noviembre el dia 25 no hace los tres años.
pero aun no me han pagado ni u duro todos estos meses que tengo que hacer por favor ayudarme
muchas gracias
Marta
24 oct 2010 | 05:35 PM
Hola mariajosé,
Podrías probar a confirmarlo telefónicamente con Hacienda en estos teléfonos:
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345
Puede que sencillamente, con la crisis, se estén retrasando (yo llevo casi 2 años esperando la ayuda del alquiler, y cada vez que llamo me dicen que está aprobada y esperando confirmación para hacer el ingreso...)
¡ánimo!
isabel
25 nov 2010 | 02:42 PM
mi pregunta es q yo estoy en el paro y me descuentan para la ss entonces me pregunto si tengo derecho o no a la ayuda de 1200 euros
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